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Artículo 230:
Documentos complementarios
1. Para su inscripción, se acompañarán a la escritura de fusión los siguientes documentos:
1.º El proyecto de fusión, salvo que se halle depositado en el mismo Registro.
2.º Los ejemplares de los diarios en que se hubiesen publicado la convocatoria de la Junta y el acuerdo de fusión.
3.º El informe de los administradores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, explicando y justificando el proyecto.
4.º El informe o informes del experto o expertos independientes sobre el proyecto de fusión y sobre el patrimonio aportado por las sociedades que se extinguen, cuando fueran obligatorios.
2. En el caso de constitución de una sociedad anónima europea mediante fusión que vaya a fijar su domicilio en España, se acompañarán los certificados de las autoridades correspondientes al domicilio de las sociedades extranjeras participantes en la fusión acreditativos de la legalidad del procedimiento con arreglo a la ley aplicable y de los asientos vigentes obrantes en el Registro de procedencia, así como el informe o informes del experto o expertos independientes.
Se modifica por el art.único.14 del Real Decreto 659/2007, de 25 de mayo. Ref. BOE-A-2007-11320
Seleccionar redacción:
Última actualización, publicada el 08/06/2007, en vigor a partir del 09/06/2007.
Texto original, publicado el 31/07/1996, en vigor a partir del 01/08/1996.
1. Para su inscripción, se acompañarán a la escritura de fusión los siguientes documentos:
1.º El proyecto de fusión, salvo que se halle depositado en el mismo Registro.
2.º Los ejemplares de los diarios en que se hubiesen publicado la convocatoria de la Junta y el acuerdo de fusión.
3.º El informe de los administradores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, explicando y justificando el proyecto.
4.º El informe o informes del experto o expertos independientes sobre el proyecto de fusión y sobre el patrimonio aportado por las sociedades que se extinguen, cuando fueran obligatorios.
2. En el caso de constitución de una sociedad anónima europea mediante fusión que vaya a fijar su domicilio en España, se acompañarán los certificados de las autoridades correspondientes al domicilio de las sociedades extranjeras participantes en la fusión acreditativos de la legalidad del procedimiento con arreglo a la ley aplicable y de los asientos vigentes obrantes en el Registro de procedencia, así como el informe o informes del experto o expertos independientes.
Se modifica por el art.único.14 del Real Decreto 659/2007, de 25 de mayo. Ref. BOE-A-2007-11320
Seleccionar redacción:
Última actualización, publicada el 08/06/2007, en vigor a partir del 09/06/2007.
Texto original, publicado el 31/07/1996, en vigor a partir del 01/08/1996.
Explicación:
El Artículo 230 del TÍTULO II del Reglamento del Registro Mercantil establece los documentos que deben acompañar a la escritura de fusión de empresas para su correcta inscripción en el Registro Mercantil. En primer lugar, se requiere el proyecto de fusión, a menos que este ya esté depositado en el registro. También se necesitan copias de los diarios donde se hayan publicado las convocatorias de las Juntas y los acuerdos de fusión, así como informes de los administradores de cada sociedad implicada que expliquen y justifiquen el proyecto de fusión. Además, si es necesario, se requieren informes de expertos independientes sobre la fusión y el patrimonio que cada sociedad aporta. En el caso específico de la creación de una sociedad anónima europea mediante fusión con domicilio en España, se deben incluir también certificados de las autoridades del país de origen de las sociedades participantes que acrediten la legalidad del procedimiento y los registros vigentes.
Ejemplo:
«situacion»: «Tres empresas (A, B y C) deciden fusionarse para formar una nueva entidad D.»
«documentos_adjuntos»:
«nombre»: «Proyecto de fusión», «contenido»: «Un documento que describe cómo se llevará a cabo la fusión, incluyendo la estructura de la nueva entidad y los beneficios esperados.»
«nombre»: «Ejemplares de los diarios», «contenido»: «Cortes de los diarios locales donde se publicaron las convocatorias de la Junta y el acuerdo de fusión que la aprobaron.»
«nombre»: «Informe de los administradores», «contenido»: «Documentos firmados por los administradores de A, B y C explicando y justificando la decisión de fusionarse y las razones económicas detrás de ello.»
«nombre»: «Informe de expertos independientes», «contenido»: «Un análisis por parte de consultores externos que evalúan el patrimonio de A, B y C, asegurando que la fusión es viable y beneficiosa.»