¿Qué es el BOICAC?

Es el Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas


¿Qué función tiene?

El BOICAC es una publicación periódica oficial del ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas), y tiene como funciones principales:

  1. Publicar consultas contables resueltas por el ICAC
    • Empresas, asesores o auditores pueden plantear dudas sobre cómo aplicar el PGC, las NIIF o la normativa contable nacional.
    • El ICAC responde en el BOICAC y sus respuestas tienen valor interpretativo oficial.
  2. Difundir resoluciones y normas del ICAC
    • Por ejemplo, criterios sobre presentación de estados financieros, amortización, arrendamientos, etc.
  3. Incluir estudios, artículos y doctrina contable
    • Elaborados por expertos del ICAC o de organismos relacionados.

¿Por qué es importante?

Porque las respuestas a consultas del BOICAC se usan como referencia oficial por auditores, inspectores y asesores para aplicar correctamente la normativa contable. Aunque no son leyes, sí tienen carácter obligatorio en la práctica, ya que provienen del regulador contable.


¿Cada cuánto se publica?

  • Se publica trimestralmente (4 números al año)
  • Puedes consultarlo gratis en la web del ICAC:
    https://www.icac.gob.es

Ejemplo típico de consulta BOICAC

“¿Debe una empresa registrar como activo el coste de obtención de una licencia no transferible de software que se utilizará durante 4 años?”

El ICAC analiza si cumple los criterios de activo, su vida útil, y emite una respuesta que se aplica a todos los casos similares.


¿Cuántas consultas ha resuelto el BOICAC?

Desde que comenzó su publicación en 1990, el BOICAC ha resuelto más de 1.000 consultas contables, distribuidas a lo largo de sus más de 125 números (publicados trimestralmente).

En cada boletín suelen incluirse entre 3 y 8 consultas, dependiendo del volumen y complejidad.

Algunas de estas consultas son muy recurrentes y doctrinales, y han servido de base para resoluciones posteriores o incluso modificaciones del Plan General de Contabilidad (PGC).


¿Quién puede hacer una consulta al ICAC para el BOICAC?

Cualquier persona o entidad puede solicitar una consulta al ICAC, pero no todas se publican en el BOICAC.

  • Profesionales contables (asesores, auditores)
  • Empresas (grandes y pymes)
  • Administraciones públicas
  • Asociaciones empresariales
  • Entidades sin ánimo de lucro
  • Despachos jurídicos y fiscales

No es necesario ser una empresa registrada ni tener un volumen mínimo de operaciones.


¿Cómo se presenta una consulta?

  1. Redactar la consulta de forma clara, exponiendo:
    • Hecho contable o situación concreta.
    • Duda o interpretación normativa requerida.
    • Normativa contable afectada (PGC, NIIF, Resoluciones ICAC, etc.).
  2. Enviar la consulta al ICAC, normalmente por correo postal o a través del registro electrónico.

🔗 Presentación de consultas en el ICAC (guía oficial)


Importante:

  • El ICAC no responde consultas que sean puramente tributarias.
  • Solo se pronuncia sobre cuestiones contables, aplicando el marco normativo vigente.
  • No responde casos hipotéticos sin una base realista.

¿Las respuestas del BOICAC son obligatorias?

  • Tienen valor interpretativo oficial, por lo tanto, son de aplicación obligatoria en la práctica, aunque no son una norma jurídica per se.
  • Son referencia directa para los auditores, los inspectores de Hacienda y los juzgados mercantiles.