NIIF 2 – Pagos basados en acciones

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1. Antecedentes

La NIIF 2 fue emitida por el IASB en 2004 con el objetivo de estandarizar el tratamiento contable de las transacciones en las que una empresa otorga acciones o derechos sobre acciones a empleados, directivos u otras partes como forma de compensación.

Antes de la NIIF 2, no existía un criterio uniforme para el reconocimiento de estos pagos, y muchas entidades no reconocían ningún gasto, incluso cuando entregaban acciones o stock options. Esto distorsionaba los estados financieros al no reflejar correctamente el coste de este tipo de remuneración.

NIIF 2 corrigió esa omisión al requerir que los pagos basados en acciones se contabilicen como un gasto, reconociendo el valor razonable del beneficio entregado.


🔍 2. Explicación

La NIIF 2 – Pagos basados en acciones establece cómo deben reconocerse los efectos de las transacciones en las que una entidad adquiere bienes o servicios (incluidos servicios de empleados) a cambio de instrumentos de patrimonio o en función del valor de sus acciones.

La norma distingue tres tipos de transacciones:

  1. Pagos basados en acciones liquidados con instrumentos de patrimonio: la entidad emite acciones, opciones u otros instrumentos de capital.
  2. Pagos basados en acciones liquidados en efectivo: la entidad paga en función del valor de sus acciones, pero lo hace en efectivo.
  3. Transacciones con liquidación alternativa: cuando puede elegirse entre pagar en acciones o en efectivo.

🔹 Medición:

  • Para empleados y directivos: se reconoce el valor razonable en la fecha de concesión.
  • Para otros proveedores: se usa el valor razonable de los bienes o servicios recibidos (si no puede determinarse, se usa el valor razonable del instrumento de patrimonio entregado).

🔹 Reconocimiento:

  • El gasto se reconoce durante el período en el que los servicios son prestados (normalmente el período de consolidación de derechos).
  • Se registra un aumento del patrimonio (si es en acciones) o un pasivo (si es en efectivo).

🔹 Cambios, cancelaciones y modificaciones:

  • Si se modifican las condiciones, se debe calcular el impacto adicional y ajustarlo.
  • Las cancelaciones anticipadas se tratan como si se hubiera consolidado el derecho en ese momento.

🎓 3. Ejemplo práctico

La empresa TecnoSoft S.A. otorga a su equipo directivo opciones sobre 10.000 acciones ordinarias como parte de su política de retención de talento. Estas opciones se consolidan tras 3 años de servicio y permiten comprar acciones a un precio preferente de 5 € por acción. En la fecha de concesión, el valor razonable de cada opción es de 2 €.

📘 Según NIIF 2:

  • El valor total de la transacción es de 20.000 € (10.000 opciones × 2 €).
  • La empresa reconocerá un gasto de 6.667 € por año durante 3 años.
  • Se reconoce el gasto contra una cuenta de patrimonio (por ejemplo, «primas por opciones sobre acciones»).

Si algún directivo abandona la empresa antes del final del período de consolidación, se revoca su derecho, y se revierte la parte no consolidada del gasto.

Ahora bien, si en lugar de opciones se tratara de un bono en efectivo equivalente al valor de las acciones (pero sin emitir acciones), entonces sería un pago basado en acciones con liquidación en efectivo, y se reconocería un pasivo que se ajusta en cada fecha de presentación según el valor razonable de las acciones.


🌍 4. Ámbito de aplicación

La NIIF 2 se aplica a:

  • Todas las entidades, independientemente de su tamaño o sector.
  • Todas las transacciones en las que se entreguen instrumentos de patrimonio o se hagan pagos vinculados al valor de las acciones de la entidad (incluso si no se entregan acciones reales).
  • Incluye empleados, directivos, proveedores, asesores externos, etc.

📌 La norma no se aplica a las transacciones de participación en beneficios que estén cubiertas por otras normas (como NIC 19) ni a instrumentos financieros en sí mismos (cubiertos por NIIF 9).