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Artículo 1:
Organización registral
1. La organización del Registro Mercantil, integrada por los Registros Mercantiles territoriales y por el Registro Mercantil Central, se halla bajo la dependencia del Ministerio de Justicia.
2. Todos los asuntos relativos al Registro Mercantil estarán encomendados a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
1. La organización del Registro Mercantil, integrada por los Registros Mercantiles territoriales y por el Registro Mercantil Central, se halla bajo la dependencia del Ministerio de Justicia.
2. Todos los asuntos relativos al Registro Mercantil estarán encomendados a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Explicación:
El Artículo 1 del TÍTULO PRELIMINAR del Reglamento del Registro Mercantil establece la estructura organizativa del Registro Mercantil en España. Indica que esta organización se compone de los Registros Mercantiles territoriales, que son oficinas situadas en distintas provincias y que se encargan del registro de las empresas en su área geográfica, y el Registro Mercantil Central, que actúa como un órgano coordinador a nivel nacional. Además, se señala que la gestión de estos registros está bajo la autoridad del Ministerio de Justicia, lo que implica que cualquier cambio normativo o administrativo referente al registro debe pasar por este ministerio. Por último, se menciona que la Dirección General de los Registros y del Notariado es la entidad responsable de la supervisión y gestión de todos los asuntos relacionados con el Registro Mercantil.
Ejemplo:
Imagina que una persona decide crear una nueva empresa en Madrid. Para formalizar la constitución de la empresa, debe registrarla en el Registro Mercantil correspondiente a su territorio, que en este caso sería el Registro Mercantil de Madrid. Este registro se encarga de inscribir la escritura de constitución de la empresa, así como otros actos y documentos relacionados con su funcionamiento (como cambios en la administración o ampliaciones de capital). Por otro lado, si esta empresa decide expandirse y operar en otras provincias, todos estos registros a nivel regional tendrán que comunicar esta información al Registro Mercantil Central. De esta forma, todos los registros mercantiles, coordinados bajo el Ministerio de Justicia, aseguran que la información sobre las empresas sea accesible y esté bien organizada a nivel nacional.