Artículo 196 – Modificaciones especiales.

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Artículo 196:

Modificaciones especiales
1. La inscripción de los acuerdos sociales de modificación estatutaria que confieran a quienes no hubieran votado a favor el derecho a separarse de la sociedad se atendrá a lo dispuesto en los artículos 206 y 208.
2. La escritura pública de reducción de capital en los casos de separación y exclusión del socio expresará las participaciones amortizadas, la identidad del socio o socios afectados, la causa de la amortización, la fecha del reembolso o de la consignación, y la nueva redacción de los preceptos estatutarios afectados por la reducción de capital, que se regirá por sus reglas específicas.

Explicación:

El Artículo 196 se refiere a la inscripción de modificaciones estatutarias en una sociedad mercantil que otorgan a los socios que no votaron a favor de dichos cambios el derecho a separarse de la sociedad. Esto se relaciona con los artículos 206 y 208, que establecen los procedimientos y condiciones para la separación de los socios disidentes. Además, en caso de que se produzca una reducción de capital debido a la separación o exclusión de un socio, la escritura pública debe incluir detalles específicos que evidencien la identidad del socio afectado, las participaciones amortizadas, la causa de la amortización y la fecha del reembolso o consignación, así como la modificación de los estatutos que reflejan esta reducción de capital.

Ejemplo:

situacion: Imaginemos que una sociedad limitada llamada 'Tecnologías Avanzadas S.L.' decide modificar sus estatutos para permitir el reparto de dividendos de forma diferente, lo que no es del agrado de todos los socios.
detalle: Durante la Junta General de Accionistas, se propone un cambio en la distribución de los dividendos, y algunos socios, como Carlos y Elena, votan en contra de esta modificación. Según el Artículo 196, ellos tienen derecho a separarse de la sociedad debido a su desacuerdo. Si deciden ejercitar este derecho, la sociedad debe llevar a cabo una reducción de capital que incluya la amortización de las participaciones de Carlos y Elena.
documentacion: La escritura pública de esta operación deberá especificar que las participaciones de Carlos y Elena han sido amortizadas, incluir su identificación, la razón de la amortización (la separación de la sociedad), así como la fecha en que se realiza el reembolso. También se actualizarán los estatutos para reflejar esta reducción de capital.

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