Artículo 251 – Legalización de libros.

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Artículo 251:

Legalización de libros
El libro registro de socios y el libro que contenga la relación de las garantías otorgadas por la sociedad deberán presentarse en el Registro Mercantil para su legalización, que se practicará en los términos establecidos por este Reglamento.

Explicación:

articulo: 251
titulo: Legalización de libros
contenido: El artículo establece que ciertas obligaciones de las sociedades mercantiles requerirán la presentación formal de ciertos libros en el Registro Mercantil para su legalización. En particular, se hace referencia al libro registro de socios y al libro que contiene la relación de garantías otorgadas por la sociedad. La legalización de estos libros implica que una autoridad oficial revisará y certificará que los libros cumplen con las normativas relevantes, lo que les conferirá validez jurídica.

Ejemplo:

situacion: Una sociedad limitada llamada 'Inversiones S.A.' ha sido constituida y ahora necesita legalizar sus libros conforme a la legislación vigente.
pasos: ['La sociedad elabora el libro registro de socios, donde se detalla la información sobre la identidad, participación y derechos de los socios.', 'Además, elaboran un libro donde se relacionan las garantías otorgadas por la sociedad, que pueden incluir hipotecas o avales que la empresa ha concedido.', 'Una vez completados, los libros se presentan en el Registro Mercantil local para su legalización.', 'El Registro Mercantil revisa los libros y, si cumplen con los requisitos legales, los aprueba y los sella, lo que permite que la sociedad opere con total conformidad legal.']
resultado: Con la legalización de estos libros, 'Inversiones S.A.' cumple con sus obligaciones legales y asegura que su registro es válido ante terceros y ante cualquier posible auditoría o revisión.

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