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Artículo 297:
Circunstancias de las inscripciones
1. En la inscripción que se practique en la hoja abierta a la sociedad se hará constar el establecimiento de la sucursal, con indicación de:
1.º Cualquier mención que, en su caso, identifique a la sucursal.
2.º El domicilio de la misma.
3.º Las actividades que, en su caso, se le hubiesen encomendado.
4.º La identidad de los representantes nombrados con carácter permanente para la sucursal, con expresión de sus facultades.
2. En la primera inscripción de la hoja abierta a la sucursal se harán constar, además de las circunstancias anteriores, la identidad de la sociedad y el nombre y apellidos o denominación social de sus administradores, con indicación del cargo que ostenten.
1. En la inscripción que se practique en la hoja abierta a la sociedad se hará constar el establecimiento de la sucursal, con indicación de:
1.º Cualquier mención que, en su caso, identifique a la sucursal.
2.º El domicilio de la misma.
3.º Las actividades que, en su caso, se le hubiesen encomendado.
4.º La identidad de los representantes nombrados con carácter permanente para la sucursal, con expresión de sus facultades.
2. En la primera inscripción de la hoja abierta a la sucursal se harán constar, además de las circunstancias anteriores, la identidad de la sociedad y el nombre y apellidos o denominación social de sus administradores, con indicación del cargo que ostenten.
Explicación:
El Artículo 297 del TÍTULO II del Reglamento del Registro Mercantil establece los requisitos específicos para la inscripción de sucursales de sociedades en el registro mercantil. La norma detalla los elementos que deben constar en la inscripción de la sucursal, que son: la identificación de la sucursal (si existe), su domicilio, las actividades que realiza si han sido determinadas, y los representantes permanentes de la sucursal junto con sus facultades. Además, en el caso de la primera inscripción, también se debe incluir la identidad de la sociedad matriz y la información sobre sus administradores, detallando sus nombres y los cargos que ocupan. Esto asegura que haya transparencia y claridad respecto a la operación de la sucursal y su relación con la sociedad matriz.
Ejemplo:
Imaginemos una empresa llamada 'Tecnologías Avanzadas S.A.', que tiene su sede en Madrid y decide abrir una sucursal en Barcelona. Al realizar la inscripción de la sucursal en el registro mercantil, la empresa deberá indicar que la sucursal se llama 'Tecnologías Avanzadas S.A. – Sucursal Barcelona'. También se especificará que su domicilio está en 'Calle Innovation, 45, Barcelona'. Si la sucursal tiene como actividades ofrecer servicios de consultoría tecnológica, esto se mencionará. Además, se nombrará a Juan Pérez como representante permanente de la sucursal, detallando sus facultades para actuar en nombre de la sucursal. En la primera inscripción, 'Tecnologías Avanzadas S.A.' aparecerá como la sociedad matriz, y se incluirán los datos de los administradores de la sociedad, por ejemplo, María López y Carlos Ruiz, especificando sus cargos como Directora General y Director Financiero, respectivamente.