Artículo 308 quater – Cierre en línea de una sucursal.

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Artículo 308 quater:

Cierre en línea de una sucursal
El cierre en línea de la sucursal se regirá por el mismo procedimiento establecido para la extinción de la sociedad.
Se deberá aportar el acuerdo de cierre de la sucursal adoptado por el órgano competente de la sociedad.
Se añade por el artículo único.3 del Real Decreto 442/2023, de 13 de junio. Ref. BOE-A-2023-14043
Esta modificación entra en vigor el 9 de mayo de 2024, según establece la disposición final 3 del citado Real Decreto.
Texto añadido, publicado el 14/06/2023, en vigor a partir del 09/05/2024.
Se añade por el artículo único.4 del Real Decreto 442/2023, de 13 de junio. Ref. BOE-A-2023-14043
Esta modificación entra en vigor el 9 de mayo de 2024, según establece la disposición final 3 del citado Real Decreto.
Texto añadido, publicado el 14/06/2023, en vigor a partir del 09/05/2024.

Explicación:

El Artículo 308 quater del TÍTULO II del Reglamento del Registro Mercantil establece el procedimiento para el cierre en línea de una sucursal, indicando que se deberá seguir el mismo proceso que para la extinción de la sociedad. Esto significa que, al cerrar una sucursal, la empresa tiene que adoptar un acuerdo formal del órgano competente, lo que generalmente implica una decisión tomada por la junta de accionistas o por el consejo de administración. Además, este artículo fue modificado por el Real Decreto 442/2023, cuya entrada en vigor está programada para el 9 de mayo de 2024. Esta modificación standardiza y agiliza el proceso de cierre, permitiendo realizarlo de manera electrónica, facilitando la gestión de la información y el cumplimiento de las obligaciones fiscales y mercantiles.

Ejemplo:

Imaginemos que 'Tecnologías Innovadoras S.L.', una empresa que opera en el sector de la tecnología, decide cerrar su sucursal en Madrid debido a cambios en su estrategia de negocio. Para llevar a cabo este cierre, el consejo de administración de la empresa se reúne y adopta un acuerdo formal que indica la decisión de cerrar la sucursal. Una vez adoptado el acuerdo, la empresa presenta la documentación necesaria al Registro Mercantil, cumpliendo así con el procedimiento que se requiere para la extinción de su sucursal, lo que incluye informes financieros y el registro del acuerdo de cierre en línea. Este proceso se realiza de manera digital, alineándose con la modificación del Artículo 308 quater, lo que permite a la empresa gestionar el cierre de manera más eficiente y rápida.

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