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Artículo 368:
Calificación e inscripción del depósito
1. Dentro del plazo establecido en este Reglamento, el Registrador calificará exclusivamente, bajo su responsabilidad, si los documentos presentados son los exigidos por la Ley, si están debidamente aprobados por la Junta general o por los socios, así como si constan las preceptivas firmas de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 2.º del apartado 1 del artículo 366.
2. Verificado el cumplimiento de los requisitos a que se refiere el artículo anterior, el Registrador tendrá por efectuado el depósito, practicando el correspondiente asiento en el Libro de depósito de cuentas y en la hoja abierta a la sociedad. El Registrador hará constar también esta circunstancia al pie de la solicitud, que quedará a disposición de los interesados.
3. En caso de que no procediere el depósito, se estará a lo establecido para los títulos defectuosos.
1. Dentro del plazo establecido en este Reglamento, el Registrador calificará exclusivamente, bajo su responsabilidad, si los documentos presentados son los exigidos por la Ley, si están debidamente aprobados por la Junta general o por los socios, así como si constan las preceptivas firmas de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 2.º del apartado 1 del artículo 366.
2. Verificado el cumplimiento de los requisitos a que se refiere el artículo anterior, el Registrador tendrá por efectuado el depósito, practicando el correspondiente asiento en el Libro de depósito de cuentas y en la hoja abierta a la sociedad. El Registrador hará constar también esta circunstancia al pie de la solicitud, que quedará a disposición de los interesados.
3. En caso de que no procediere el depósito, se estará a lo establecido para los títulos defectuosos.
Explicación:
punto_1: El Registrador es responsable de calificar la documentación que se presenta para el depósito, asegurándose de que se cumplan ciertos requisitos. Esto incluye verificar que los documentos son los exigidos por la ley, que han sido aprobados adecuadamente por la Junta General o por los socios de la empresa, y que las firmas necesarias están presentes conforme a lo indicado en el artículo 366.
punto_2: Si se cumple con todos estos requisitos, el Registrador procederá a realizar el depósito de los documentos, registrando un asiento en el Libro de depósito de cuentas y en la hoja correspondiente de la sociedad. Además, se dejará constancia de ello en la solicitud presentada, la cual quedará a disposición de cualquier interesado.
punto_3: Si por alguna razón no se puede llevar a cabo el depósito, se aplicarán las normas relativas a los títulos defectuosos, lo que implica que no se aceptará el documento hasta que se subsanen las irregularidades detectadas.
Ejemplo:
descripcion: Una empresa llamada 'Innovatech S.A.' tiene la obligación de presentar sus cuentas anuales ante el Registro Mercantil. Para ello, el administrador presenta los estados financieros, el informe de gestión y el acta de la Junta General donde se aprobaron dichas cuentas. Además, las firmas del presidente y del secretario de la junta están correctamente adjuntadas.
proceso: El Registrador recibe esta documentación y verifica que todos los requisitos se cumplen, tales como la validez de las aprobaciones y la correcta firma de los documentos. Al constatar que todo está en orden, el Registrador realiza el depósito, registrando el acto en el Libro de depósito de cuentas de 'Innovatech S.A.' y anotando la circunstancia en la solicitud presentada. Ahora, la documentación queda disponible para ser consultada por cualquier interesado.
resultado: Sin embargo, si al registrar los documentos, el Registrador encuentra que falta una firma o que no se han seguido los procedimientos adecuados para la aprobación de las cuentas, el depósito no procederá, y se aplicarán las normas sobre títulos defectuosos, lo que obligará a 'Innovatech S.A.' a corregir los errores y volver a presentar la documentación.