Artículo 422 – Sección 2.

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Artículo 422:

Sección 2
1. La sección 2.ª del «Boletín Oficial del Registro Mercantil» se regirá por las normas del capítulo V del Reglamento del Boletín Oficial del Estado, en tanto no se oponga a lo establecido en el presente Reglamento.
2. En dicha sección se publicarán los anuncios y avisos legales correspondientes a aquellos actos de los empresarios que no causen operación en el Registro Mercantil y cuya publicación resulte impuesta por la Ley al empresario.
3. Asimismo, se publicarán en dicha sección las notificaciones, comunicaciones y trámites a los que se refiere el artículo 23.1 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Se añade el apartado 3 por el art.2.13 del Real Decreto 158/2008, de 8 de febrero. Ref. BOE-A-2008-2248
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Última actualización, publicada el 09/02/2008, en vigor a partir del 10/02/2008.
Texto original, publicado el 31/07/1996, en vigor a partir del 01/08/1996.

Explicación:

punto_1: El Artículo 422 establece que la Sección 2.ª del Boletín Oficial del Registro Mercantil seguirá las normas del capítulo V del Reglamento del Boletín Oficial del Estado, a menos que haya alguna norma en el Reglamento del Registro Mercantil que indique lo contrario.
punto_2: Se especifica que en esta sección se publicarán anuncios y avisos legales de actos de empresarios que, aunque no generen una inscripción en el Registro Mercantil, deben ser publicados por obligación legal.
punto_3: Además, se menciona que también se publicarán notificaciones y otros trámites relacionados con procedimientos concursales según la ley correspondiente.

Ejemplo:

caso: Una pequeña empresa decide modificar su dirección fiscal. Este cambio no requiere su inscripción en el Registro Mercantil porque no es una modificación de los estatutos sociales por sí misma, pero, sin embargo, la ley exige que se publique un aviso sobre este cambio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil para informar a terceros. Por lo tanto, el empresario debe presentar un anuncio en la Sección 2.ª de dicho Boletín para cumplir con la obligación legal de informar sobre esta modificación.
importancia: Este procedimiento es vital para garantizar la transparencia y la legalidad en los actos de los empresarios, permitiendo que terceros que tengan interés en la empresa puedan conocer su situación actual.

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