Home > TÍTULO I > De la calificación y los recursos De la calificación > Artículo 58. Ámbito de la calificación
Artículo 58:
Ámbito de la calificación
1. La calificación del Registrador se extenderá a los extremos señalados en el artículo 6 de este Reglamento.
2. El Registrador considerará faltas de legalidad en las formas extrínsecas de los documentos inscribibles, las que afecten a su validez, según las leyes que determinan su forma, siempre que resulten de los documentos presentados. Del mismo modo, apreciará la omisión o la expresión sin claridad suficiente de cualquiera de las circunstancias que necesariamente deba contener la inscripción o que, aun no debiendo constar en ésta, hayan de ser calificadas.
1. La calificación del Registrador se extenderá a los extremos señalados en el artículo 6 de este Reglamento.
2. El Registrador considerará faltas de legalidad en las formas extrínsecas de los documentos inscribibles, las que afecten a su validez, según las leyes que determinan su forma, siempre que resulten de los documentos presentados. Del mismo modo, apreciará la omisión o la expresión sin claridad suficiente de cualquiera de las circunstancias que necesariamente deba contener la inscripción o que, aun no debiendo constar en ésta, hayan de ser calificadas.
Explicación:
articulo_58:
punto_1: El Registrador tiene la responsabilidad de calificar los documentos que se presentan para su inscripción en el Registro Mercantil, enfocándose en los aspectos especificados en el artículo 6 del mismo reglamento. Esto implica que el registrador revisará ciertos aspectos de legalidad y formalidad de los documentos para asegurarse de que cumplan con la normativa vigente.
punto_2: El Registrador identificará y considerará como faltas de legalidad cualquier deficiencia en la forma externa de los documentos que pueda comprometer su validez, así como cualquier ambigüedad o falta de claridad en la información que deba incluirse en la inscripción. Estas observaciones se basan únicamente en los documentos que se han presentado para su revisión.
Ejemplo:
situacion: Una empresa solicita la inscripción de su escritura de constitución en el Registro Mercantil. La escritura debe cumplir con ciertos requisitos formales, como la firma de todos los socios, la descripción precisa de la actividad de la empresa, y la indicación del capital social.
ejemplo_concreto:
documento: Escritura de constitución de la empresa
falta_identificada:
tipo: Falta de firmas
descripcion: Uno de los socios no firmó la escritura.
consecuencia: El Registrador no podrá inscribir la escritura hasta que se subsane esta falta, dado que la legislación exige la firma de todos los socios para la validez del documento.
segunda_falta:
tipo: Ambigüedad en la actividad
descripcion: La actividad de la empresa se describe como 'diversas actividades comerciales' sin mayor especificación.
consecuencia: El Registrador puede solicitar una aclaración sobre las actividades que realizará la empresa, ya que es fundamental que esta información esté claramente detallada para la inscripción.